"No saber lo que ha sucedido antes de nosotros es como ser incesantemente niños".

» Cicerón (106 AC-43 AC), escritor, orador y político romano.

sábado, 7 de diciembre de 2013

EL ORIGEN DEL DIVORCIO EN ESPAÑA

                         Hasta que el hastío nos separe

alegoría del divorcio
      Desde que en 1870 se consagrara el matrimonio civil obligatorio, no existía en España la posibilidad de divorciarse. El Derecho español no conocería el divorcio hasta la Segunda República, cuando, en 1931  el artículo 43 de la propia Constitución y un año después la primera Ley del divorcio de la historia de España, lo consagraran. No duraría ni siete años como institución, pues en el 39 Franco derogaría la Ley.

Los primeros divorcios
una de las primeras divorciadas de la historia de España
Constancia de la Mora
       Lo cierto es que pese a la enorme publicidad que se dio a los primeros casos, la realidad fue una asombrosa escasez de casos de divorcio. Parece ser que los españoles de todas las clases continuaban siendo profundamente conservadores en dicha materia. Prueba de ello es que la clase media de Madrid y Barcelona aprovechara en muy contadas ocasiones la nueva Ley y que en muchas provincias no se diera ni un solo caso de divorcio.

      Entre los escasos divorcios a los que tanto bombo se dio, cabe resaltar el de Constancia de la Mora, nieta del cinco veces Presidente del Consejo de Ministros con Alfonso XIII, Antonio Maura. Constancia se divorciaría de Manuel Bolín para casar con el que sería Jefe de las fuerzas Aéreas Republicanas: Hidalgo de Cisneros. Un matrimoino de conveniencia que uniría su suerte a la de la España republicana, ingresando en el Partido Comunista para acabar exiliada en México. En el exilio publicaría una novela en inglés con sus vivencias, In place of Splendor (Doble Esplendor en España), que sería presentada por la que probablemente fuera la más popular Primera Dama Estadounidense, Eleanor Roosevelt.

El divorcio en la actualidad
      Tras la abolición de la Ley del Divorcio en el 1939 y la instauración de la indisolubilidad del matrimonio con el Fuero de los Españoles de 1945, no se volvería a hablar de divorcio hasta la Constitución de 1978, que ni lo consagra ni tampoco apuesta por la indisolubilidad del matrimonio, sino que se limita a afirmar que "la ley regulará...las causas de separación y disolución y sus efectos". Por lo que habría que esperar hasta la Ley del divorcio de 1981 para que se volviera a consagrar el divorcio. Dicha Ley estableció un sistema de divorcio bastante conservador que requería alegar una serie de causas (alcoholismo, infidelidad, abandono del hogar...) para poder divorciarse.

      El divorcio libre no llegaría hasta la reciente reforma de 2005, que introdujo un sistema de divorcio basado exclusivamente en la voluntad de los cónyuges (de ambos o de uno sólo).



FUENTES: * DE PABLO CONTRERAS-ÁNGEL PÉREZ: CURSO DE DERECHO CIVIL (IV) Derecho de Familia, Colex, Madrid, 2013.
* JACKSON, Gabriel: La República Española y la Guerra Civil, Crítica, Barcelona, 2006
*  De la Mora, Constancia: Doble esplendor, Gadir, Madrid, 2004.





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